Sociedades profesionales

El 16 de junio de 2007 entró en vigor la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales.

Para constituirse como Sociedad Profesional, los pasos necesarios son:

1º .- Cada uno de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos deberá solicitar una certificación al Colegio que acredite que está colegiado y en plenitud de derechos para ejercer la actividad de ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.

2º .- Con esta certificación colegial acudirá al Notario para otorgar la escritura pública de la Sociedad Profesional.

3º .- Posteriormente acudirá para su inscripción al Registro Mercantil, donde el Registrador procederá a la calificación de la legalidad de la escritura pública otorgada ante Notario. A partir de aquí la Sociedad Profesional puede empezar a funcionar dado que adquiere la personalidad jurídica necesaria.

4º .- El Registro Mercantil comunicará de oficio y de inmediato al Colegio Profesional que se ha inscrito una Sociedad Profesional con sus características.

5º .- Finalmente la Sociedad Profesional deberá inscribirse en el Registro de Sociedades Profesionales habilitado a los efectos en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

Descargar el Impreso de Solicitud de Inscripción.

Para más información, consultar la web de la Sede Nacional.